Noticias
Lo que usted necesita saber sobre el mercado inmobiliario
Noticias
Vuelta \ Aprenda lo que cambia con las nuevas reglas en el crédito hipotecario

Aprenda lo que cambia con las nuevas reglas en el crédito hipotecario

08 ene 2018
Aprenda lo que cambia con las nuevas reglas en el crédito hipotecario
En el año en vigor (2018), el crédito a la vivienda y otros créditos hipotecarios tienen nuevas reglas. Con esta breve explicación se va a percibir mejor las diferencias.
En el año en vigor (2018), el crédito a la vivienda y otros créditos hipotecarios tienen nuevas reglas.
 
Con esta breve explicación se va a percibir mejor las diferencias.
 
Contratos cubiertos por las nuevas normas:
 
 
- Crédito a la vivienda con garantía hipotecaria
 
- Crédito a la vivienda sin garantía hipotecaria
 
- Otros créditos garantizados por hipoteca o por otra garantía equivalente habitualmente utilizada sobre inmuebles
 
- Arrendamiento financiero de bienes inmuebles
 
Los consumidores y fiadores pasan a recibir la Hoja de Información Normalizada Europea (FINE), de disponibilidad obligatoria, que describe las principales características del crédito, ésta viene a sustituir la Hoja de Información Normalizada (a FIN).
 
Como ya sucedía con la FIN, la FINE debe estar disponible al consumidor en dos momentos distintos:
 
En el momento de la simulación del préstamo y de la comunicación de la aprobación del contrato de crédito.
 
Los fiadores también pasan a tener derecho a recibir una copia de la FINA del préstamo aprobado y del borrador del contrato de crédito.
 
La propuesta contractual hecha al consumidor pasa a ser válida, como mínimo, durante 30 días:
 
Las entidades de crédito quedarán vinculadas a la propuesta contractual presentada al consumidor durante un plazo mínimo de 30 días.
 
El contrato no puede firmarse en los primeros 7 días:
 
Con la entrada en vigor de las nuevas normas, el consumidor y el fiador tienen siete días contados a partir de la presentación de dicha propuesta para poder firmar el contrato.
 
Se pretende garantizar que el consumidor y el fiador tienen tiempo suficiente para ponderar las implicaciones del crédito y tomar una decisión aclarada.
 
El costo del crédito pasa a ser evaluado en base a la TAE:
 
La medida del costo de crédito pasa a ser la TAE (tasa anual de cargos efectiva global), en sustitución de la TAE.
 
TAEG mide con mayor precisión el coste total del crédito para el cliente, incluyendo:
 
 
- los intereses, comisiones, impuestos y otros gastos asociados al contrato de crédito;
 
- los seguros exigidos para la obtención del crédito;
 
- los costes relativos al mantenimiento de la cuenta, cuya apertura sea obligatoria, que registre las operaciones de pago y de utilización del crédito;
 
- los costes relativos a la utilización de un medio de pago que permita la realización de operaciones de pago y de utilización del crédito;
 
- otros costes relativos a las operaciones de pago;
 
- los emolumentos relativos al registro de la hipoteca, si se conocen de la institución;
 
- La remuneración del intermediario de crédito, si ésta es pagada por el consumidor.
 
En el cálculo de la TAE no se incluyen:
 
 
- las cantidades que deban pagarse debido al incumplimiento de alguna de las obligaciones del contrato de crédito;
 
-Los costes notariales.
 
Fuente: Economico
Vea También